United States District Court for the Northern District of California | Case No. : 4:18-cv-02671-YGR
PREGUNTAS FRECUENTES |
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Este caso se refiere a juegos de sábanas de mezcla de poliéster y algodón (“Chief Value Cotton” o “CVC”) suministrados por AQ a Ross y vendidos por Ross entre el
7 de mayo del 2014 y el 29 de noviembre del 2021 (los “Productos”). Los Productos incluyen marcas como Grande Estate, Bentley Home y Hampton House, y el embalaje incluía
el número de Identificación Registrado (“RN,” por sus siglas en inglés) de AQ, 113585. La lista completa de marcas está disponible
aquí. Sólo para los propósitos del acuerdo, la Corte ha certificado condicionalmente a la siguiente clase del acuerdo: Todas las personas que, entre el 7 de mayo del 2014 y el 29 de noviembre del 2021, compraron, en los Estados Unidos, cualquiera de los Productos para uso personal. Los miembros de la Clase del Acuerdo pueden optar por la liberación de los reclamos en contra de Ross, pero de presentar reclamos por medidas cautelares en contra de Ross sobre las supuestas representaciones engañosas con respecto al número de hilos de los Productos. Los siguientes no son miembros de la Clase del Acuerdo: (1) la Honorable Yvonne Gonzalez Rogers, la Honorable Elizabeth Laporte (jubilada), el Honorable Jay Gandhi (jubilado); (2) cualquier miembro de sus familias inmediatas o personal; (3) Ross y sus empleados, funcionarios, directores y abogados; (4) los abogados de las Partes. Si el acuerdo no se hace efectivo (por ejemplo, porque no se aprueba finalmente, o la aprobación es revocada en apelación), entonces este litigio continuará y cualquier orden que certifique preliminarmente a la clase para los propósitos del acuerdo será anulada. |
Originalmente se presentó una demanda en contra de Ross Stores, Inc. (“Ross”), AQ Textiles, LLC (“AQ”), y Creative Textile Mills Private Limited (“Creative”). La demanda alegaba que las sábanas
suministradas a Ross por AQ y Creative se vendían con un etiquetado que representaba erróneamente el número real de hilos de las sábanas contenidas en el paquete. Ross niega que exista una base fáctica o jurídica para la demanda. Ross sostiene que no hizo ninguna declaración sobre el número de hilos de los productos de AQ. Ross sostiene además que AQ no representó erróneamente el número de hilos de los Productos. Por lo tanto, Ross niega cualquier responsabilidad. Además, niega que la Demandante o cualquier otro miembro de las Clases del Acuerdo hayan sufrido daños o tengan derecho a una compensación monetaria o de otro tipo. Ross también niega que este caso puede ser certificado como una demanda colectiva, excepto para los propósitos del acuerdo. La Corte no ha determinado si la Demandante o Ross tiene la razón. |
La Demandante alegó que, al representar erróneamente el número de hilos de los Productos, Ross hizo que la gente comprara sábanas que contenían cualidades
que no estaban descritas con exactitud en el embalaje. La demanda solicitaba que Ross abandonara la práctica de vender sábanas sin un número de hilos exacto y
la recuperación de cualquier posible pago en exceso. |
Este caso ha estado pendiente desde mayo del 2018. Desde entonces, los Abogados de los Demandantes han investigado el desarrollo, la fabricación, la comercialización y
el etiquetado de los Productos. Los Abogados de la Demandante han participado en un amplio descubrimiento, incluyendo deposiciones y revisión de documentos. Sobre la base de
su investigación, los Abogados de la Demandante han determinado que hay riesgos significativos de continuar el litigio, incluyendo si Ross o AQ hicieron alguna representación
con respecto al número de hilos de los Productos. En particular, puede haber dificultades para establecer: 1) que Ross hizo alguna representación en relación con el número de
hilos de los Productos, 2) que cualquier prima puede ser atribuida a las representaciones, y/o 3) que los daños o la restitución deben ser concedidos o, en su caso, que cualquier
indemnización debe ser más que nominal. En particular, puede ser difícil establecer que el volumen de ventas, o el precio de los Productos, hubiera sido diferente si la
comercialización y el etiquetado hubieran sido diferentes. El 13 de noviembre del 2019, las Partes participaron en una mediación de todo el día dirigida por el Honorable Jay Gandhi (retirado) en JAMS en San Francisco, California. El 18 de febrero del 2021, las partes participaron en una mediación de todo el día dirigida por la Honorable Elizabeth Laporte (jubilada) en JAMS en San Francisco, California. El 3 de marzo del 2021, las partes participaron en una tercera mediación con la Jueza Laporte. Después de la tercera mediación, las partes acordaron a este acuerdo. Después de tomar en cuenta los riesgos y costos de un litigio adicional, la Demandante y sus abogados creen que los términos y condiciones del acuerdo son justos, razonables, adecuados y equitativos, y que el acuerdo es en el mejor interés de los miembros de la Clase del Acuerdo. |
Ross ha acordado exigir a AQ que certifique por escrito que sus sábanas de poliéster/algodón suministradas a Ross cumplen con el número real de hilos, y que informe
por escrito cada año sobre cualquier investigación conocida por parte de cualquier entidad externa o sobre los reclamos o juicios pendientes en relación con la representación
de AQ sobre el número de hilos. Ross también exigirá a AQ que proporcione un informe de prueba del número de hilos aprobado para cada nuevo estilo de sábanas de poliéster/algodón
que suministre a Ross. Si la Corte aprueba el acuerdo, los miembros de la clase no podrán presentar reclamos por medidas cautelares en contra de Ross en relación con el número de
hilos de los Productos, incluso si optan por no participar en el acuerdo. Sin embargo, los miembros de la clase aún podrán presentar reclamos por daños y perjuicios monetarios y
medidas cautelares en contra de AQ directamente o a través del litigio pendiente en North Carolina. Además, como parte del acuerdo, Ross pagará hasta $795,000.00 dólares que se utilizarán para pagar a la Demandante y a sus abogados por su trabajo en este litigio. Los abogados han trabajado en este caso durante casi tres años y aún no han recibido ninguna compensación por el tiempo que han dedicado, ni por los costos que han incurrido en nombre de la clase. Ross también pagará todos los costos asociados con el envío del aviso a la clase del acuerdo y en otros aspectos de la administración del acuerdo. |
El acuerdo no proporciona ningún pago a los miembros de la clase del acuerdo. Ross debe asegurarse de que las sábanas que compra de AQ cumplen los requisitos de
número de hilos establecidos en la Resolución del Acuerdo. Los miembros de la clase conservarán su derecho a presentar cualquier otro reclamo directamente en contra
del fabricante y distribuidor de las sábanas. |
Hasta la fecha, los abogados de la Demandante no han recibido ninguna compensación por su trabajo en este caso. Los abogados de la Demandante solicitarán a la Corte un honorario
basado en las horas dedicadas a litigar el caso. Además, los abogados de la Demandante presentarán pruebas de que han pagado gastos de su propio bolsillo (incluyendo los honorarios
de los expertos, los honorarios de las transcripciones de las declaraciones, los honorarios de los reporteros judiciales, los honorarios de presentación, los costos de servicio, los
costos de copia y los gastos de viaje). Todavía no se ha reembolsado ninguno de estos gastos. Como parte del acuerdo, los abogados de la Demandante pueden solicitar a la Corte que les
otorgue hasta $750,000.00 para pagar los honorarios de sus abogados y hasta $40,000.00 en gastos fuera de su bolsillo. Además, el Demandante nombrado en este caso puede solicitar a la Corte una adjudicación incentiva de $5,000. Este pago está diseñado para compensar a la Demandante por el tiempo, el esfuerzo y los riesgos que asumió en la prosecución de este litigio, y por el alivio que ayudó a obtener en nombre de los miembros de la clase. El Demandante y sus abogados presentarán una petición ante la Corte en o antes del 18 de octubre 2021, en apoyo de sus solicitudes de honorarios de abogados, costos y gastos y pagos a la Demandante. Una copia de esa moción estará disponible en el sitio web del acuerdo. La Corte determinará las cantidades de honorarios, costos, gastos y pagos a los representantes de la clase que se otorgarán. La adjudicación de los honorarios de los abogados, los costos y gastos se pagarán a los abogados de la demandante en un plazo de 30 días después de que la orden de aprobación final del acuerdo sea definitiva. |
El acuerdo libera a todos los miembros de la Clase del Acuerdo en contra de Ross y sus afiliados que fueron o podrían haber sido afirmados
por la Demandante en este litigio, y que se relacionan con las alegaciones de que Ross representó erróneamente el número de hilos de los Productos. Esta exención
incluye los reclamos que pueden no ser conocidos o sospechados todavía. Esto significa que usted no podrá demandar, seguir demandando o ser parte de cualquier otro
litigio en contra de Ross y/o cualquiera de sus filiales que involucre los reclamos resueltos. Para más información, consulte las secciones 1.27 y 6.2 de la Resolución
del Acuerdo. Sin embargo, el acuerdo no liberará ningún reclamo de los miembros de la Clase del Acuerdo en contra de AQ sobre el número de hilos de los Productos,
incluyendo si AQ representó erróneamente el número de hilos de los Productos. |
Usted puede excluirse de la clase del acuerdo si desea conservar el derecho a demandar a Ross por separado por cualquier reclamo monetario sobre el número de hilos
de los Productos. Si se excluye, no podrá objetar los términos del acuerdo, a parte de la medida cautelar incluida en el acuerdo. Para excluirse, usted debe completar y enviar la forma en línea en el sitio web del acuerdo o enviar por correo una solicitud para excluirse del acuerdo al administrador del reclamo en CPT Group, Inc. 50 Corporate Park Irvine, CA 92606. Si se envía por correo, la Presentar una Solicitud de Exclusión debe contener su nombre, dirección, las palabras “Yo deseo ser excluido del Acuerdo de la Demanda Colectiva del Número de Hilos de Ross” y su firma. Si se presenta en línea, las solicitudes de exclusión deben ser presentadas antes del 29 de noviembre del 2021. Si se envían por correo, las solicitudes de exclusión deben ser recibidas por el Administrador de Reclamos (sin matasellos) antes del 29 de noviembre del 2021. |
Usted puede pedir a la Corte que rechace la aprobación del acuerdo presentando oportunamente una objeción al Administrador de Reclamos. Usted no puede pedir a la Corte que
ordene un acuerdo diferente; la Corte sólo puede aprobar o negar el acuerdo. Si la Corte rechaza la aprobación del acuerdo entero, la demanda continuará. Usted también puede comparecer en la Audiencia de Aprobación Final, ya sea en persona o a través de su propio abogado. Si comparece a través de su propio abogado, usted es responsable de pagar ese abogado. Si desea presentar una objeción al acuerdo en la audiencia de Aprobación Final, debe presentar primero esa objeción por escrito. Cualquier objeción debe incluir (i) el nombre y número del caso Morrison v. Ross, Caso No. 4:18-cv-02671-YGR (N.D. Cal. ); (ii) su nombre, dirección y número de teléfono; (iii) el nombre y la dirección del (los) abogado(s), si lo(s) hay, que lo(s) representa(n) al hacer la objeción o que puede(n) tener derecho a una compensación en relación con su objeción; (iv) documentos o testimonios suficientes para establecer que usted es un miembro de la Clase del Acuerdo; (v) una declaración detallada de su(s) objeción(es), incluyendo los motivos de dicha(s) objeción(es); (vi) una declaración sobre si solicita la oportunidad de comparecer y ser escuchado en la audiencia de aprobación final [debe presentar ante la Corte, al menos 30 días antes de la audiencia de aprobación final, su aviso de intención de comparecer]; (vii) la identidad de todos los abogados (si los hay) que comparecerán en su nombre en la audiencia de aprobación final y de todas las personas (si las hay) que serán llamadas a testificar en apoyo de su objeción; (viii) copias de todos los papeles, escritos u otros documentos en los que se basa su objeción, si no están ya en el expediente judicial; (ix) una lista detallada de cualquier otra objeción que usted o su abogado hayan presentado a cualquier demanda colectiva en cualquier corte estatal o federal en los Estados Unidos en los cinco años anteriores (o declarando afirmativamente que no se ha hecho ninguna objeción anterior); (x) una lista de las representaciones anteriores de su abogado y todas las sanciones o disciplina ordenadas por cualquier corte, asociación de abogados o agencia gubernamental en contra de su abogado; y (xi) su firma como objetor, además de la firma de su abogado, si un abogado lo representa con la objeción. El hecho de no incluir esta información y documentación puede ser motivo para anular y rechazar su objeción. Toda la información mencionada anteriormente debe ser por escrito, presentada electrónicamente a través del sistema ECF de la Corte (https://www.cand.uscourts.gov/cases-e-filing/cm-ecf/), o entregada por correo, correo expreso o entrega personal al Secretario de la Corte, de tal manera que la objeción sea recibida por el Secretario de la Corte (no sólo por el matasellos o el envío) en o antes del 29 de noviembre del 2021. Al presentar una objeción, usted acepta la jurisdicción de la Corte, incluyendo cualquier orden de la Corte para presentar documentos o proporcionar testimonio antes de la Audiencia de Equidad Final. |
La Corte llevará a cabo una audiencia el 15 de febrero del 2022, para considerar si aprueba el acuerdo. La audiencia se llevará a
cabo en la sala de corte de la Honorable Yvonne Gonzalez Rogers, Sala de Corte de Oakland, Sala de Corte 1 – 4to Piso, 1301 Clay Street, Oakland, CA 94102.
La audiencia está abierta al público. Esta fecha de audiencia puede cambiar sin previo aviso a usted. Consulte el Sitio Web del Acuerdo en
www.threadcountsettlement.com o PACER, en https://www.cand.uscourts.gov/cases-e-filing/cm-ecf/, para información actualizada de la fecha y hora de la audiencia.
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Usted puede inspeccionar muchos de los documentos de la corte relacionados con este caso en el sitio web del acuerdo. Otros documentos presentados en esta demanda están
disponibles mediante el PACER, el servicio en línea para las Cortes del Distrito de los Estados Unidos, en https://www.cand.uscourts.gov/cases-e-filing/cm-ecf/. Alternativamente,
usted puede visitar la Oficina del Secretario de la Corte para la Corte del Distrito de los Estados Unidos para el Distrito Norte de California, 450 Golden Gate Ave, San Francisco,
CA desde las 9:00 a.m. y las 4:00 p.m., lunes a viernes, excluyendo los días. Usted puede comunicarse con el Administrador de Reclamos al llamar 1-888-413-4533 o escribir a CPT Group, Inc. 50 Corporate Park Irvine, CA 92606. Usted también puede obtener información adicional al comunicarse con los Abogados de la Demandante: |
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No llame o contacte a la Corte con respecto a este aviso, el acuerdo, o la demanda.
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50 Corporate Park, Irvine, CA 92606
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